En virtud del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor LUIS ERNESTO ENRÍQUEZ GUAQUEZ, radicada bajo el Nro. 2026-00014, resuelve lo siguiente:

Primero: ADMITIR la presente acción de tutela interpuesta por el señor LUIS ERNESTO ENRÍQUEZ GUAQUEZ identificado con cedula de ciudadanía número 12.998.088 de Pasto, Nariño, actuando en nombre propio en contra de la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DE NARIÑO, GOBERNACIÓN DE NARIÑO Y MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, (…)

Tercero: OFICIAR a la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DE NARIÑO concediéndole el término de dos (02) días hábiles posteriores a la notificación de este proveído para que, a través de su área competente PUBLIQUE en la página web oficial de la entidad la emisión de la demanda de tutela y sus anexos en aras de surtir la notificación a los docentes y directivos con nombramiento en propiedad y de carrera que laboran en los establecimientos educativos territoriales convocados en la Resolución No. 6639 del 16 de octubre de 2025 que aspiran a ser trasladados a una vacante definitiva en las instituciones educativas de los municipios no certificados del departamento de Nariño en año 2025 aplicado al año académico 2026.. (…)”