El Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo, resuelve lo siguiente:

“PRIMERO. – ADMITIR la acción de tutela interpuesta por la señora CAROLINA ELIZABETH CÓRDOBA ESPAÑA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.358.083, expedida en El Tambo (N), en contra de la GOBERNACIÓN DE NARIÑO – COMISIÓN DE PERSONAL al considerar que dicha entidad le está vulnerando sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo, igualdad, trabajo, estabilidad reforzada en el empleo y acceso a cargos públicos.

SEGUNDO. – VINCULAR a la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DE NARIÑO, DIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y REGISTRO PÚBLICO DE CARRERA ADMINSITRATIVA – CNSC y JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE BUESACO (N), por lo expuesto en la parte motiva de este auto.

TERCERO. – ORDENAR a la GOBERNACIÓN DE NARIÑO comunicar y publicar la presente acción de tutela a todas las personas que hacen parte de la lista de elegibles según Resolución No. 12522 del 14/09/2023, para el empleo denominado AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, Código 470, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 160263, Proceso de Selección No. 1522 de 2020 Territorial Nariño, para que se pronuncien al respecto si así lo consideran.

CUARTO. – CÓRRASE traslado de la demanda de tutela al Representante Legal de la entidad accionada y vinculadas o quien haga sus veces, por tanto se les informará por el medio más expedito, que en el término impostergable de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de este proveído deberán responder ante este Juzgado acerca de los hechos consignados en la acción de tutela y solicitar o aportar las pruebas que estimen pertinentes, advirtiéndoles que en caso de no hacerlo, se tendrán por ciertos los hechos y se entrará a resolver de plano.. (…)”